22-Sep-2025

Ayuntamiento de Hermosillo deja de cobrar gastos de grúa a vehículos mal estacionados

Sernoticia  
19-06-2023 16:12  
4 minutos de lectura  

A partir de este lunes el Ayuntamiento de Hermosillo eliminó los gastos de arrastre y de almacenamiento, en caso de que una grúa se lleve un vehículo por estar mal estacionado, informó el alcalde, Antonio Astiazarán Gutiérrez.

Destacó que desde hoy el gobierno municipal de la capital de Sonora absorberá todos los costos de arrastre y almacenamiento, por lo que la persona que cometa la infracción solo realizará el pago de la multa que corresponda.

“Cuando la grúa se lleva el carro es muy molesto, costoso y engorroso, me has dicho que esto debe cambiar y hoy te tengo una buena noticia”, destacó.

El presidente municipal destacó que los primeros 45 días no se pagará por almacenamiento, además habrá un seguro de gastos desde que la grúa recoge un carro y de la bolsa de lo recaudado por multas de este concepto se pagará el servicio.

Asimismo, las grúas y el personal estarán identificados como al servicio del Ayuntamiento; además, el lugar de almacenamiento, en tanto que el lugar donde se pagará y recogerá el vehículo está ubicado contra esquina de la Comandancia Centro, en Matamoros y Nuevo León.

El artículo 63, apartado IV del Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo indica que los agentes de Tránsito y Policía Municipal deberán impedir que el vehículo continúe transitando y remitirlo al depósito de vehículos, al utilizar equipo de grúas en casos como:

1.    Cuando el conductor no presente licencia de conducir o permiso tratándose de un menor de edad
2.    Cuando el vehículo no porte placas de circulación, no correspondan al vehículo o estén alteradas o vencidas
3.    Por conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas u otras substancias tóxicas
4.    Por conducir a mayor velocidad de la autorizada, haciéndolo negligente o temerariamente, poniendo en peligro la vida, la seguridad de las personas o de los bienes
5.    Por abandonar vehículos en la vía pública, por un período mayor de 5 días naturales. Se entenderá por vehículo abandonado aquel que los vecinos inmediatos desconozcan su procedencia o propietarios, lo cual deberán denunciarlo por escrito
6.    Por realizar maniobras de carga y descarga, no tomando las medidas de seguridad pertinentes, fuera del horario autorizado o no contar con el permiso respectivo del Municipio para realizar este tipo de maniobras
7.    Por realizar reparaciones de vehículos, labores propias de los talleres mecánicos, en la vía pública
8.    Por estacionarse en zonas prohibidas, en sentido contrario y zonas exclusivas para personas con discapacidad
9.    Por conducir un vehículo que arroje humo ostensiblemente contaminante, o en caso de vehículos que transporten carga, por no llevarla asegurada y cubierta
10.    En caso de accidente o delito
11.    Por orden de autoridad judicial
12.    Por prestar servicio público o privado de transporte de carga o pasaje sin concesión o permiso
Fuente: Reglamento de Tránsito Municipal de Hermosillo.

 

 

Etiquetas : mi ciudad | hermosillo

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