*El fundamento de estos procedimientos es disponer de las cosas hasta la muerte de la persona
*Adultos mayores ceden derechos de sus bienes quedándose sin nada
El fundamento del testamento es disponer de las cosas hasta su muerte, ya que en ocasiones adultos mayores ceden derechos de sus bienes quedándose sin nada y le hacen a un lado, señaló el notario público número 11, Francisco Cabrera Fernández.
Sugirió realizar la donación de un inmueble donde se reserve el usufructo vitalicio, es decir, el dueño va a tener derecho al gozo, uso y disfrute de la propiedad, y hasta su muerte el beneficiario de la donación tomará posesión.
Recordó que cuando una persona fallece y no realizó testamento es necesario realizar un juicio sucesorio, el cual se lleva a cabo en los juzgados civiles para disponer de los bienes de una persona después de su muerte.
En ese proceso es donde todas las personas que sean o se consideren acreedoras pueden ir a pelear su parte.
Resaltó la importancia de conocer que si una persona adquiere una propiedad casada por sociedad legal, el 50 por ciento de esa propiedad -aunque aparezca a nombre propio o de la pareja- es del esposo o esposa.
"Si un hombre enviuda y tienen una propiedad que la compro junto con su esposa, tienen que hacer el juicio sucesorio, es dueño del 50 por ciento", abundó.
El testamento es revocable
Cabrera Fernández, subrayó que el testamento se puede realizar las veces que se desee según cambie la situación de la persona, sin embargo, recomendó tomar decisiones y realizar trámites notariales con calma y no motivados por un disgusto.
Hizo el llamado a los adultos mayores a asesorarse y no realizar actos de buena fe que les pongan en peligro, ya que no se puede donar el bien donde viven si no tienen otro
Hermosillo, Sonora, México
Tel.: +52 1 662 217 3771