

Cuentas claras, amistades largas
Bienvenido sea usted a una nueva edición de su gustada sección Cuentas claras, amistades largas, en la que cada semana, platicamos entre amigos acerca de un tema de relevancia económica, financiera o fiscal. Te invito a leer mis colaboraciones anteriores para que todos vayamos al corriente y sigamos avanzando.
Año 2021, el principio de una nueva década que promete –esperemos- ser un año de reconciliación con el mundo, de esperanza, salud, estabilidad mental y económica, entre otras cosas que nos arrebató el innombrable 2020.
Sin embargo, a pesar de empezar con toda la actitud posible, eso no quita que sean épocas en las que es muy común el recorte de personal, por lo que los famosos finiquitos están en boca de todos, pero, ¿en realidad sabes lo que es el finiquito? ¿Cómo se calcula? ¿Está obligado mi ex patrón a pagarme? ¿En qué casos corresponde este pago?
Acompáñame a resolver todas estas dudas. Ah, y por cierto ¡Feliz año nuevo!
¡Empecemos!
¿Qué es el finiquito?
Según la Real Academia Española (RAE) es la acción de finiquitar una cuenta, una deuda o una relación laboral; documento en el que se liquidan las cantidades adecuadas por el empresario al trabajador con motivo de la extinción del contrato de trabajo.
En pocas palabras, es el pago que te corresponde cuando la relación laboral se termina de forma voluntaria.
Ya sea por despido o renuncia, invalidez, una falta grave por parte de tu patrón; invalidez o muerte (en cuyo caso se paga a tus familiares), la empresa está obligada a indemnizarte.
Lo que el trabajador percibe en el caso del finiquito son las cantidades que por ley debe cumplir la empresa, como los quince días de aguinaldo, los seis días de vacaciones, la prima vacacional y los salarios pendientes a cubrir. Todas estas cantidades se deben respetar porque corresponden a las prestaciones contractuales que dicta la Ley Federal del Trabajo (LFT).
No debe confundirse con la liquidación, pues si bien ésta comparte algunos conceptos con el finiquito, el trabajador con derecho a liquidación recibirá una indemnización adicional por quedarse sin trabajo sin que esto haya sido su responsabilidad.
O sea, tienes derecho al finiquito al momento de terminar tu relación laboral, pero solo en los casos donde el trabajador no haya incumplido con lo mencionado en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, se tiene derecho a la liquidación.
El artículo menciona motivos como actos de violencia cometidos por el trabajador en contra del patrón, el equipo de la empresa u otros trabajadores de la misma, o faltar más de 3 veces en un lapso de 30 días sin aviso ni justificación, entre otras.
¿Cómo se calcula el finiquito?
Los datos con los que se debe contar son:
• Fecha de ingreso
• Fecha de baja
• Salario diario
• Días trabajados
• Días pendientes de vacaciones
• Prima vacacional
• Días de aguinaldo
Algunos de estos datos los puedes encontrar en tu recibo de nómina.
Ejemplo:
Paso 1.- Salario adeudado. Supongamos que Carlos recibe una remuneración de $200 diarios. Si el despido se realiza a media quincena, el patrón deberá pagar semana laborada o $1,400.00.
Paso 2.- Aguinaldo. Consideremos 15 días de aguinaldo y 182 días trabajados. Los 15 días de aguinaldo se dividirán entre 365 (días del año); lo que da como resultado: 0.04109 (cantidad conocida como factor por día trabajado). Esta cantidad se multiplicará por 182 (días trabajados); es así como se obtiene 7.47. Por último, esta cantidad se multiplica por 200 (salario diario) y da como total: $1,494.00.
Paso 3.- Vacaciones. Se tiene el salario diario $200.00, seis días de vacaciones y 182 días trabajados. Se divide 6 (días de vacaciones) entre 365, lo que da la cantidad de 0.0164. Esto se multiplica por 182 y se obtiene 2.98; este resultado, finalmente, se multiplica por 200, lo que da como total: $596.00
Paso 4.- Prima vacacional. Se multiplica los $596 (del paso anterior) por 25% y se obtiene $149.00 que corresponde a la prima vacacional.
Paso 5.- Se hace una suma de los factores anteriores: $1,400 + $1,494 + $596 + $149; lo que da como total: $3,639.00
Es importante que tomes en cuenta que ésta es una cantidad estimada, además se te descontará el Impuesto Sobre la Renta (ISR), cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit, de crédito Fonacot o algún otro préstamo que hayas tenido con descuento vía nómina.
Espero que esta información te haya sido de ayuda, recuerda que aquí lo importante es que aprendas y no dudes en sugerir algún tema o dejar un comentario.
No olvides que en este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos.

Hermosillo, Sonora, México
Tel.: +52 1 662 217 3771
Añada su comentario: