Cuentas claras, amistades largas
Pase, adelante, sea usted bienvenido a la primera edición del 2020 de Cuentas claras, amistades largas, espacio en el que tenemos 14 semanas ininterrumpidas platicando sobre impuestos, finanzas, créditos y otros temas de relevancia económica explicados de manera fácil, digerible y no en jeroglíficos como normalmente se acostumbra. Si me lees por primera vez, te dejo el link de mis artículos anteriores para que les eches un vistazo:
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Se espera que este 2020 sea un año bastante importante fiscalmente hablando, ya que se vienen varios cambios y reformas que han puesto a más de uno a temblar y a cuestionarse si en realidad está haciendo correctamente su pago de impuestos.
Por ello, la semana pasada llevé a cabo una dinámica en mis redes sociales (una encuesta en Instagram, tampoco muy wow) en la que pedí que me hicieran saber todas las dudas que tuvieran acerca del SAT o temas relacionados para llegar al 2020 bien estudiados y no nos metamos en problemas sin necesidad. ¿Quiere saber cuáles fueron las preguntas?
¡Empecemos!
1. ¿Por qué tengo que pagar impuestos?
La Constitución de nuestro país señala que todos los mexicanos que generamos ingresos tenemos que contribuir al gasto público y las leyes que la conforman nos indican quiénes están obligados a pagar impuestos, en qué cantidad y sobre qué ingreso. A su vez, también puedes deducir, es decir, comprobar que tus ingresos son iguales a tus gastos y pagar menor cantidad de impuestos.
2. ¿Cómo sé en qué régimen debo darme de alta?
Todo dependerá de la actividad económica que realizas o vayas a iniciar. Existen dos tipos de los que se derivan distintos regímenes y son los siguientes:
Persona física: Son personas que usualmente trabajan por honorarios o son asalariados.
Persona moral: Son las empresas.
Dependiendo a qué te dedicas, si tendrás socios o no, si facturarás más de cinco millones de pesos al año, entre otros, es con lo cual decidirás bajo qué régimen deberás incorporarte al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Te dejo el link del artículo: ‘’¿Cómo darme de alta en el SAT?’’
3. ¿Cómo sé qué impuestos debo declarar?
Para saber esto, en el portal del SAT deberás verificar tu Constancia de Situación Fiscal y en la sección de Obligaciones fiscales a declarar te aparecerá un listado de las obligaciones que tienes que presentar y con qué periodicidad, incluso aparece la fecha desde la que tienes que empezar o debiste empezar a declarar.
Si tienes ingresos debes presentarlos junto con tus egresos. Si no contaste con ingresos, es importante presentar tu declaración en ceros y de esta manera el SAT reconocerá tu situación y no tendrás problemas con auditorías o revisiones.
4. ¿Cómo puedo saber si debo algún impuesto?
En la página del SAT, se puede descargar un documento llamado Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales, mejor conocido como Opinión 32-D, en éste vamos a poder ver nuestro status de 2015 a la fecha, es decir, los últimos cinco años fiscales. Esta constancia nos da información sobre cómo te ve el SAT, si estás al día con tus obligaciones fiscales o tienes pendientes.
Si estás al día, la Opinión 32-D será Positiva. Si tienes pendiente presentar declaraciones mensuales, anuales o alguna multa, la Opinión 32-D será Negativa.
5. ¿Cómo puedo saber si tengo que hacer declaración anual?
En el caso de las personas físicas, aquellas que trabajan por el régimen de asalariados, es decir, que trabajan para una empresa o un patrón, no tienen la obligación de realizarla, pueden hacerla, pero no es necesario.
De no ser así, las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual en abril son las siguientes:
6. ¿Cómo se calcula la nómina?
Es un tema muy complejo que dejaré para dedicarle un artículo completo, ya que existen muchísimas prestaciones y retenciones que no utilizan todas las empresas como INFONAVIT, IMSS, fondos de ahorro, bonos por puntualidad, etc.
Al momento de estar en nómina ya estás pagando impuestos, ya que la misma empresa te los retiene para posteriormente ellos declararlos, así que, no necesitas hacer tu declaración mes con mes SIEMPRE Y CUANDO solo estés recibiendo ingresos de este tipo.
7. ¿De qué trata la discrepancia fiscal?
La discrepancia fiscal es la diferencia que se produce cuando un contribuyente durante un año de calendario realiza gastos e inversiones superiores a sus ingresos declarados o no, junto con otra información con la que cuenten las autoridades fiscales, incluso la proporcionada por un tercero
Es por eso que ha tomado mucha popularidad este tema, porque el próximo año se van a dejar ir como gorda en tobogán buscando a toda persona que esté haciendo mal sus declaraciones y si tiene más gastos que ingresos, encontrar la fuente de donde proviene ese dinero.
Lo bueno que en México esas cosas casi no pasan.
8. ¿A qué se refieren con lo de la factura instantánea?
Acompañado de la pregunta anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público busca reducir el porcentaje de gente que no está dada de alta en el SAT, de igual manera acabar con la discrepancia fiscal, por lo que a partir del 2020 se podrá emitir facturas electrónicas al momento de realizar un pago con tarjeta de débito y crédito. No será de carácter obligatorio, pero eso es un primer periodo, después no sabemos.
¿Por qué hacen eso? Primero es para que todos los gastos sean comprobables y que Hacienda pueda ver en qué gastaste tu dinero y en segundo término es para que todos los comercios tengan que emitir facturas al vender sus productos o servicios.
Te dejo el link donde tocamos el tema de una manera más amplia:
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9. ¿Por qué dicen que ahora se utilizará más el efectivo?
Fácil, porque para todo hay mañana.
Al momento de pagar con débito y se genere la factura el SAT puede ver precisamente en qué gastaste ese dinero, en cambio si retiraste cinco mil pesos del cajero, ¿Cómo pueden saber en qué se gastó?
10. ¿Puedo evitar al SAT?
Todo es posible en esta vida, pero eso no quiere decir que no te puedas meter en problemas.
Contestaría que no, pero conocemos a millones de personas que no declaran ingresos, ya sea vendedores ambulantes, gente que vende por redes sociales, los súper millonarios emprendedores de multiniveles, que justo por eso en 2020 se buscará que nadie se salve de esta obligación, pero ya veremos.
11. ¿Debo separar mis ingresos?
Recomendablemente si, recuerda que todo ingreso es fiscalizado por la autoridad fiscal, por tanto necesita un medio de comprobación.
Deberás usar una cuenta bancaria para tu actividad empresarial y otra cuenta para tu actividad personal. En esta última pueden recibir traspasos o donativos de las otras cuentas que tengas. En este aspecto, lo que importa es saber cuál es la fuente, para que sepan que esos impuestos se declararon ya.
12. ¿Qué pasa si doy datos falsos en mi declaración de impuestos?
El incumplimiento de obligaciones fiscales para todos los tipos de contribuyentes tiene distintas formas de resolución. En caso de algún olvido, algún dato erróneo u omisión en las declaraciones de todo tipo tienen la oportunidad de corregirlo posteriormente mediante la presentación de la declaración omitida o complementaria dentro de un periodo establecido por la ley. En caso de no cumplir la autoridad fiscal les enviará un requerimiento para presentar esta declaración omitida más la sanción que corresponda, que usualmente es una multa a menos que la ley disponga de otra sanción, que también obedecerá a las particularidades del contribuyente.
De acuerdo al Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, la persona que utiliza engaños o se aprovecha de errores y omite total o parcialmente el pago de alguna contribución con perjuicio al fisco federal está cometiendo un delito de defraudación fiscal. Esa persona será sancionada según la cantidad del fraude.
13. Si no pago mis impuestos ¿me van a meter a la cárcel?
En teoría, sí.
Pero tampoco es como que un día vas a estar sentado en tu casa y van a tumbar la puerta y entra el ejército para llevarte esposado. Primero se te envía una notificación, te hacen una cita, te pueden llegar a embargar bienes, el punto es que, si pueden llegar a meterte a la cárcel, pero sería porque ya de plano te lo merecías.
14. ¿Qué datos necesito para generar una factura?
Lo único necesario es que proporciones tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pueden pedirte también nombre, domicilio y correo electrónico. La factura también deberá contener la clave del RFC de quien la esté expidiendo, así como el régimen fiscal en que tributa conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Puedes verificar y descargar tus facturas tanto emitidas como recibidas en el portal del SAT en la sección de Factura electrónica, seleccionando la opción de Cancela y Recupera tus facturas.
15. ¿Qué significa gasto deducible y cuáles son?
Un gasto deducible es aquel que, por estar vinculado a la actividad económica de un autónomo o empresa, es susceptible de ser deducido fiscalmente.
O sea, un gasto que es indispensable para la empresa y se puede restar de los impuestos cobrados.
Hacienda exige tres condiciones para que un gasto pueda ser deducible fiscalmente:
16. ¿Cómo deduzco una factura?
Según la ley, solamente se pueden deducir los gastos que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo la actividad económica. O sea, al hacer el gasto de algo verdaderamente necesario para realizar tu trabajo, en la factura viene la cantidad de impuestos que estás pagando, los cuales vas a declarar como IVA acreditable, que posteriormente vas a restarlos de tu IVA cobrado. De igual manera con los demás impuestos en cuestión.
17. ¿Qué es el IVA?
El Impuesto al Valor Agregado se aplica a los productos o servicios conforme se completa cada etapa de su producción. Por ejemplo, cuando vas a un restaurante, la persona que prepara los platillos toma los ingredientes que se encuentran en su estado natural y los transforma al momento de cocinarlos, ese cambio es el que genera un valor extra.
Por lo anterior, se considera que es un impuesto indirecto, ya que el contribuyente no lo cubre, sino que lo traslada hasta llegar al consumidor final. En otras palabras, aunque el vendedor es la persona obligada a pagarlo, éste no sufre la pérdida económica pues quien compra sus productos terminará absorbiendo dicho gasto. Es por eso que en los tickets de compra encontramos desglosado tanto el precio del producto como del impuesto.
18. ¿Se pueden hacer avisos al SAT anónimamente?
Si, el Servicio de Administración Tributario cuenta con varios contactos a los cuales puedes hacer tu denuncia.
Para presentar tu queja o denuncia las 24 horas del día, los 365 días del año, el SAT pone a tu disposición los siguientes medios de contacto:
Espero que esta información te haya sido de ayuda, recuerda que aquí lo importante es que aprendas y no dudes en sugerir algún tema o dejar un comentario.
No olvides que en este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos.
Hermosillo, Sonora, México
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